Lunes, 18 de noviembre de 2024 – La Autoridad Bancaria Europea (ABE) ha publicado nuevas directrices que afectarán tanto a los proveedores de servicios de pago (PSP) como a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP).
Según el comunicado de la ABE de 14 de noviembre de 2024, las directrices «contienen disposiciones necesarias para garantizar que los sistemas de gobernanza y gestión de riesgos de las entidades financieras sean sólidos y suficientes para hacer frente al riesgo de que puedan incumplir o eludir las medidas restrictivas.»
Y lo que es más importante, garantizará que las instituciones financieras cumplan los regímenes de medidas restrictivas de la Unión Europea (UE) al transferir fondos o criptoactivos.
Las nuevas normas entrarán en vigor el 30 de diciembre de 2025.
Las directrices garantizarán el cumplimiento de las medidas restrictivas impuestas por la UE y los distintos Estados miembros
La UE ha tratado de reforzar su marco normativo en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Las nuevas directrices se centrarán especialmente en garantizar que los PSP y los CASP dispongan de políticas y procedimientos internos sólidos. Además, exige controles para cumplir las medidas restrictivas impuestas tanto por la UE como por los distintos Estados miembros.
En particular, las directrices pretenden armonizar las prácticas en toda la UE. ¿Garantizará esto que las instituciones financieras operen dentro de su jurisdicción y sigan un conjunto común de normas? Habrá que esperar.
Según la ABE, las deficiencias de los marcos internos de gobernanza y gestión de riesgos podrían exponer a las entidades financieras a riesgos jurídicos y de reputación. Además, podría socavar la eficacia de los regímenes de medidas restrictivas de la UE.
¿Cuáles son los nuevos requisitos para los PSP y los CASP?
Según estas nuevas directrices, los PSP y CASP que realicen transferencias de fondos o criptoactivos deberán adoptar sistemas de control fiables. Esto garantizará el cumplimiento de las sanciones impuestas por la UE.
Además, los sistemas deben ser capaces de filtrar los conjuntos de datos con respecto a las medidas restrictivas adoptadas por la UE en virtud del artículo 29 del Tratado de la Unión Europea (TUE) o del artículo 215 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
Es importante destacar que las entidades financieras tendrán que gestionar los riesgos asociados a posibles violaciones o elusiones de las medidas restrictivas. Esto incluye el desarrollo de procedimientos para gestionar las alertas generadas por sus sistemas de control.
https://twitter.com/wyden_io/status/1857039206817628585
Por último, las directrices insisten en la necesidad de una estructura de gobernanza sólida en la que la responsabilidad del cumplimiento de las medidas restrictivas esté claramente asignada dentro de una organización.
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